Despachos Externos

Ejercer la titularidad de los órganos de vigilancia en las entidades paraestatales, evalular su desempeño general y vigilar su correcto funcionamiento y administración, con atribuciones para emitir opiniones y recomendaciones preventivas, tomando en consideración los criterios de legalidad, austeridad, racionalidad, disciplina, transparencia, eficiencia y eficacia, en la administración de los recursos públicos que rigen a la administración pública estatal.

Decreto que regula las funciones de los Comisarios Públicos en las Entidades Paraestatales de la Administración Pública del Estado

Proceso de Trabajo

Plan de Calidad

Proceso de Trabajo

La relevancia de su actuar radica por una parte en su participación en los Órganos de Gobierno, máxima autoridad en los organismos encargados de marcar los lineamientos y políticas respecto a la gestión de las entidades paraestatales; es por ello que sus intervenciones debe fundamentarse en el análisis, derivado de su amplio conocimiento de los problemas del organismo, de sus programas institucionales, de los planes y programas sectoriales, del marco legal que los rige, del plan estatal de desarrollo.

Siendo en los Órganos de Gobierno donde se toman las decisiones estratégicas sobre la operación de los organismos, las opciones que proporciona el comisario público, basados en los elementos antes mencionados, son de gran valía por su visión de conjunto sobre la problemática del mismo.

Por otra parte, dado su conocimiento de las operaciones y problemática que enfrentan los organismos de su sector, se torna en un asesor para la administración de la Entidad cuyas observaciones son orientadas a instrumentar mejoras en la gestión, previniendo deficiencias y desviaciones.

La intervención del comisario proporciona elementos de juicio y apoyo que coadyuvan a que los organismos logren elevar sus niveles de calidad y productividad. Al contar con una visión general del entorno en que actúan las entidades paraestatales, pueden determinar diagnósticos estructurales de los mismos y sugerir medidas para corregir desviaciones o en su caso efectuar las modificaciones que se requieran para el logro de los objetivos.


Marco Legal


Sistemas de Calidad

El Proceso de Calidad implementado por la Secretaría de la Contraloría General, es capaz de proveer beneficios en la administración y organización, pública o privada, sin tener que dictar "el cómo"; El sistema describe que requerimientos deben de ser cumplidos y no él "como" van a ser cumplidos.

La Coordinación de Comisarios, ratifica que la calidad no solo es responsable de un departamento, sino que se requiere de toda la coordinación y todos sus integrantes para poder lograrla. Para así construir la calidad desde las etapas iniciales y no cuando ya esta todo hecho. Sostiene que los métodos individuales son parte de un programa de control. Afirma que el decir “calidad” no significa “mejor” sino el “mejor servicio para el cliente final”.

Los puntos básicos para la gestión de la calidad son:

  • Crear constancia en el propósito de mejorar el servicio
  • Adoptar la nueva filosofía
  • Dejar de depender de la inspección en masa para lograr calidad.
  • Acabar con la práctica de hacer actividades sobre la base del gasto solamente, en vez de ello minimizar los costos totales.
  • Mejorar constante y continuamente todos los procesos de planificación y servicio.
  • Implantar la formación en el trabajo.
  • Adoptar e implantar el liderazgo.
  • Estimular la educación y la auto mejora de todo
  • Poner a trabajar a todas las personas de la Coordinación para conseguir la transformación.
QUEJANET