De acuerdo con el artículo 109 Párrafo Tercero de la Constitución Local, y 32 de la Ley de Responsabilidades Administrativas para el Estado, TODOS los servidores públicos de la Administración Pública Estatal, estamos obligados a presentar la declaración patrimonial y de intereses.
Cabe señalar que, de acuerdo a lo establecido por el Comité Coordinador del SNA, mediante acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de diciembre de 2019, los servidores públicos que no eran obligados a presentar declaraciones patrimoniales antes del 19 de julio de 2017, les será exigible su primera declaración a más tardar el 31 de mayo de 2021.
- Inicial. Se presenta dentro de los 60 días naturales siguientes a la toma de posesión con motivo del:
- Ingreso al servicio público por primera vez.
- Reingreso al servicio público después de 60 días naturales de la conclusión de su último encargo.
- Modificación patrimonial. Se presenta durante el mes de mayo de cada año.
- Conclusión. Se presenta dentro de los 60 días naturales siguientes a la conclusión.
- Registro Federal de Contribuyentes (RFC) con homoclave.
- Clave Única de Registro de Población (CURP).
- Escrituras de los bienes inmuebles.
- Facturas de vehículos y bienes muebles.
- Contratos y estados de cuentas bancarias, de inversiones y valores, así como de gravámenes, adeudos y de tarjetas de crédito.
- Comprobantes de ingresos por su encargo como servidor público y por otro tipo de actividades.
- Documentación referente a los ingresos y patrimonio de su cónyuge y de sus dependientes económicos.
- Ultima declaración de situación patrimonial presentada.
Se reportan los INGRESOS NETOS del Declarante, Pareja y/o dependientes económicos.
- Para la declaración de inicio los ingresos a reportar son mensuales.
- Para la declaración de modificación los ingresos a reportar son los del año inmediato anterior. (Del 1 de enero al 31 de diciembre del año inmediato anterior).
- Para la declaración de conclusión los ingresos a reportar son los que recibió durante el año hasta la fecha de la conclusión del empleo, cargo o comisión.
Es necesario capturar cantidades después de impuestos, sin comas, sin puntos, sin centavos y sin ceros a la izquierda. Se declara la Remuneración neta del Declarante por su cargo público (por concepto de sueldos, honorarios, compensaciones, bonos y otras prestaciones)
Es la cantidad de dinero exacta que va a percibir el trabajador en su cuenta de nómina ya que se le han descontado la retención de impuestos, las cuotas a la seguridad social o algún otro descuento institucional. Los descuentos NO Institucionales realizados por terceros, como préstamos, créditos o adeudos personales se suman. Por ello, es importante, identificar los Descuentos Institucionales y los Descuentos No Institucionales.
Para ingresar al sistema Declarachiapas, es importante que inserte correctamente el usuario y la clave de acceso correctamente, respetando Mayúsculas, Minúsculas, Símbolos, Números, sin dejar espacios. (Antes de realizar este paso es importante crear una cuenta de usuario en el nuevo sistema Declarachiapas implementado a partir del 01 de enero de 2020.
La Constancia de Declaración Fiscal se presenta junto con la Declaración Patrimonial y de intereses, la harán aquellos servidores públicos que se encuentren obligados en los términos de las Leyes Fiscales.
La CONSTANCIA DE DECLARACIÓN FISCAL es el acuse o comprobante emitido por el SAT, de que un contribuyente ha cumplido con el pago de sus impuestos. Se adjunta dentro del apartado correspondiente en el sistema Declarachiapas.
Por ejemplo, en el llenado de una Declaración Patrimonial y de Intereses, antes del 01 de mayo de 2020, se adjunta la Constancia de la presentación de la Declaración Fiscal 2019, con ejercicio 2018. Posterior al 01 de mayo de 2020 será la Constancia de la presentación de la Declaración Fiscal 2020, con ejercicio 2019. La constancia incluye el nombre del declarante y sello digital. Es opcional, más no necesario, enviar el contenido completo y desglose de la declaración. Se puede consultar un ejemplo del acuse de recibo de pago de impuestos emitido por el SAT, en el link para descarga en: https://www.3de3.mx/descargar_formato?template=Fiscal_Ejemplo_3de3.pdf.
Como alternativa a las Constancia de la presentación de la Declaración Fiscal, se puede presentar una opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales del SAT. Para obtenerla el SAT ofrece las siguientes link: http://www.sat.gob.mx/informacion_fiscal/tramites/opinion_cumplimiento/Paginas/default.aspx. En caso de no ser sujeto obligado a presentar la constancia de Declaración Fiscal, deberá ingresar al apartado correspondiente del Sistema y dar clic en donde dice: Manifiesto bajo protesta de decir verdad, que no tengo ningún registro que agregar en esta sección que es requerida en la presente declaración de forma veraz y verificable. Luego oprima el botón TERMINAR.
Se necesita la Firma Electrónica Avanzada (FEA), emitida por el Departamento de Certificación Digital y Firma Electrónica del Instituto de Ciencia, Tecnología e Innovación del Estado de Chiapas (ICTI). Si aún no cuenta con ella o ya no está vigente (2 años), podrá tramitarla de forma presencial ante el Agente Certificador de su Dependencia o Entidad, o bien en línea a través del link: https://firma.chiapas.gob.mx/FirmaElectronicaEnLinea.
El Directorio de Agentes Certificadores está disponible en: https://firma.chiapas.gob.mx/Directorio.aspx.